Por José Luna
Global Press Mx / Las medidas afirmativas ordenadas por las autoridades electorales buscan garantizar la inclusión de personas indígenas, personas afromexicanas, personas con discapacidad, personas de la diversidad sexual y personas migrantes y residentes en el extranjero.
Aún es necesario contar con una ley que regule la adopción de acciones afirmativas electorales.
En el proceso electoral que está en curso, los partidos políticos deberán cumplir con diversas cuotas para promover la llegada al Congreso de personas pertenecientes a grupos sociales históricamente discriminados y subrepresentados, esto derivado de acciones afirmativas ordenadas por el Instituto Nacional Electoral en acatamiento a una sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resalta un estudio de la Dirección General de Investigación Estratégica del Instituto Belisario Domínguez (IBD).
La investigación titulada “Desafíos de los criterios de adscripción grupal en el diseño de acciones afirmativas para personas en situación de discriminación y subrepresentación”, elaborada por Susana Ramírez Hernández, explica que ante la ausencia de una ley que norme la adopción de acciones afirmativas electorales, el TEPJF reconoce que el INE tiene la facultad para regular sobre esta materia.
Por lo anterior, el INE aprobó a finales del año pasado un acuerdo que establece una serie cuotas mínimas para diversos grupos en situación de vulnerabilidad.
De este modo, destaca el estudio, los partidos deberán postular para la Cámara de Diputados: a 34 candidaturas de personas indígenas, 4 de personas afromexicanas, 8 de personas con discapacidad, 3 de la diversidad sexual y 5 personas migrantes residentes en el extranjero.
Mientras que, para el Senado, los partidos deberán presentar 5 candidaturas de personas indígenas y al menos una candidatura para personas afromexicanas, una para personas con discapacidad, una de la diversidad sexual y una para migrantes.