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Aprueban en San Lázaro reforma para proteger derechos de artistas intérpretes frente al uso de IA

Por José Luna

*La reforma establece límites al uso de inteligencia artificial y refuerza la protección de la voz, imagen y trabajo creativo: Alma Lidia de la Vega*Es urgente e inaplazable, porque responde a una problemática real que ya está afectando a miles de personas trabajadoras del sector creativo: Gissel Santander

Global Press Mx / La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular de los artículos no reservados, con 335 votos a favor, 0 en contra y 129 abstenciones, el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal del Derecho de Autor, en materia de derechos de las personas trabajadoras artistas intérpretes o ejecutantes. La aprobación se llevó a cabo durante una sesión ordinaria en el Palacio Legislativo de San Lázaro.

Al fundamentar el dictamen, la diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez señaló que la propuesta tiene como objetivo central proteger los derechos de quienes se dedican a actividades artísticas, particularmente frente al uso indebido de nuevas tecnologías. “Estas reformas tienen como finalidad primordial la protección de derechos de las personas que se dedican al doblaje, principalmente por su uso no autorizado mediante sistemas de inteligencia artificial”, expresó.

Asimismo, destacó que la reforma responde a los desafíos actuales en las industrias creativas, al establecer límites claros al uso de herramientas tecnológicas. “Buscamos establecer límites jurídicos al uso de esas tecnologías a fin de evitar afectaciones a las fuentes de empleo y a la dignidad profesional de quienes desarrollan estas actividades”, subrayó, al tiempo que enfatizó la incorporación de un lenguaje incluyente para reconocer a las personas trabajadoras artistas, intérpretes o ejecutantes.

En el ámbito laboral, se incorpora la prohibición de reproducir interpretaciones artísticas mediante inteligencia artificial sin autorización expresa y sin remuneración. “Se prohíbe la reproducción total o parcial de interpretaciones artísticas… sin el consentimiento expreso, libre e informado de la persona artista y sin la remuneración correspondiente”, puntualizó, al explicar los alcances de la reforma a la Ley Federal del Trabajo.

Por otra parte, la modificación a la Ley Federal del Derecho de Autor fortalece la protección de la voz y la imagen de las personas creadoras. “La voz forma parte del derecho a la imagen… y su utilización en cualquier formato o sistema de inteligencia requerirá autorización”, indicó, al resaltar que dicha autorización podrá ser revocada por quien la otorgue, garantizando mayor control sobre el uso de sus interpretaciones.

La legisladora hizo un llamado a respaldar el dictamen como una medida necesaria para proteger la cultura y la creatividad en el país. “Hoy enviamos un mensaje claro, el trabajo de las personas artistas… no puede quedarse atrás”, afirmó, al concluir que estas reformas “fortalecen la protección de la autoría, cierran brechas de injusticia y avanzan hacia condiciones más equitativas para quienes viven de su creatividad”.

Desde la máxima tribuna, la diputada Gissel Santander Soto manifestó que esta reforma, impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum, no solo es pertinente, sino que es urgente y es inaplazable, porque responde a una problemática real que ya está afectando a miles de personas trabajadoras del sector creativo.

En ese sentido, refirió que durante años, la ley fue insuficiente, ya que dejó vacíos, permitió abusos, se normalizó que se firmaran contratos ambiguos, se extendieran derechos de usos sin límites y se explotara el trabajo artístico sin retribución proporcional. “Peor aún, ni siquiera se reconocía plenamente a muchos artistas como sujetos de derechos específicos dentro del marco legal”, indicó.

Al respecto, la legisladora federal expresó que ésta propuesta se rige por tres principios que transforman la relación entre tecnología, mercado y trabajo: el primer principio, el consentimiento es innegociable, se establece con claridad que la voz, la imagen y la interpretación no pueden ser utilizados sin autorización expresa, libre e informada. 2No hay interpelación ambigua, no hay vacíos legales, no hay simulación permitida, porque la identidad no se licencia sin permiso y el talento no se presume disponible”, indicó.

El Segundo principio refiere a que el trabajo tiene límite y tiene valor. Detalló que se corrigen prácticas profundamente abusivas, se acotan los contratos en tiempo y alcance, se eliminan cláusulas de exclusividad desproporcionadas, se impide el uso indefinido de interpretaciones. “Esto es clave, porque durante años en abuso se escondió en la letra chiquita. Hoy esta letra chiquita se convierte en derechos claros”.

Y el Tercer principio, advierte que quien genera valor participa del valor. “Esta reforma reconoce algo elemental, pero históricamente ignorado: si una obra se sigue explotando quien aportó su voz, su imagen o su interpretación debe recibir una retribución justa. No es un privilegio, es justicia laboral”, afirmó.

Santander Soto expresó que con esta reforma, se fortalece el régimen de sanciones porque, sin consecuencias los derechos son solo discursos. Aquí se establecen multas y mecanismos reales para desincentivar el uso indebido de la voz, la imagen y la interpretación artística. Y eso da un paso adicional que no es menor.

Además, se moderniza toda la lógica contractual en el entorno digital, incluyendo publicidad, plataformas y nuevas formas de difusión, donde históricamente se han concentrado los abusos. “Lo que frena esta reforma es el abuso. El futuro no puede construirse a costa de borrar a quienes crean”, sostuvo.