De la redacción

*Mediante un punto de acuerdo, la diputada federal pide que los pueblos indígenas Tenek, Náhua y Xi’oi de la entidad decidan de manera libre, previa e informada si desean establecer sus procedimientos, normatividad interna y derecho electoral indígena para el proceso electoral siguiente.

Global Press / Mediante un punto de acuerdo, la diputada federal por el V Distrito de Tijuana, Evangelina Moreno Guerra, exhortó al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de San Luis Potosí (CEEPAC) y al Gobierno del estado, a llevar a cabo la Consulta Indígena correspondiente para que los pueblos indígenas Tenek, Náhua y Xi’oi de la entidad decidan de manera libre, previa e informada si desean establecer sus procedimientos, normatividad interna y derecho electoral indígena para el proceso electoral siguiente.

En su exposición de motivos, la legisladora federal dio a conocer que en nuestro país existen 68 pueblos indígenas, definiéndolos como aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas. Reconociendo la conciencia de su identidad indígena como criterio fundamental para determinar a quiénes se aplican las disposiciones jurídicas sobre pueblos indígenas.

Detalló que en San Luis Potosí se autoadscriben como indígenas 630 mil 604 personas que habitan en 423 comunidades indígenas, predominan la presencia de los pueblos Tenek (Huasteco), Náhua y Xi’oi (Pame). De los 58 municipios de la entidad, 13 cuentan con más del 70% de población indígena y seis están en el rango de 40% a 69% de personas que se autoadscriben como indígenas. Es decir 19 municipios en total son municipios indígenas, los cuales tienen los índices de desarrollo humano más bajos de todo el estado.

En este sentido, indicó que los pueblos indígenas con mayor presencia en el estado de San Luis Potosí son Tenek, Náhua y Xi’oi, quienes están exigiendo que sus próximas elecciones municipales de 2024 sean a través de sus propios procedimientos normativos internos y derecho electoral indígena. Particularmente, los municipios de Tanlajas, Tancanhuitz y San Antonio, exigen que se les garantice sus derechos indígenas establecidos en el artículo 2º. Constitucional.

Moreno Guerra afirmó que la consulta indígena es un derecho y también es una obligación de las autoridades federales, estatales y municipales, por lo que estos municipios indígenas de la Huasteca potosina exigen que se realice la consulta para poder implementar el sistema de elección por sus usos y costumbres.

“Son municipios que se conforman por 52 comunidades que coinciden en que el sistema de partidos políticos no es acorde con su cultura y no garantiza el ejercicio de sus derechos político-electorales, pues se los excluye de facto, además de que se les usurpa sistemáticamente su identidad indígena y se les imponen candidatos y gobernantes ajenos a sus comunidades”, comentó.

La diputada federal recordó que el 28 de diciembre del año 2020, le solicitaron al Consejo Estatal y de Participación Ciudadana de San Luis Potosí (CEEPAC) celebrar la elección municipal mediante sus normas, derecho indígena y procedimientos tradicionales. Ante la negativa de la autoridad electoral, el 22 de enero del 2021, promovieron varios juicios ciudadanos; y finalmente, el 8 de marzo del 2021, la Sala de Monterrey del Tribunal Federal Electoral, a través de los juicios TESLP/JDC/15/2021 y ACUMULADOS y el SM-JDC-89/2021 respondió que:

Agregó que “existe la posibilidad de cambiar al sistema de usos y costumbres para la elección de sus autoridades municipales. Sin embargo, dicha posibilidad, entre otros aspectos, está sujeta a diversos requisitos, entre ellos, una consulta previa a las comunidades de Tancanhuitz, Tanlajás y San Antonio SLP, (…) para verificar la procedencia de la transición del sistema de elecciones”.

Sin embargo, subrayó que, hasta esta fecha, el CEEPAC, el Congreso del Estado y Tribunal Electoral de San Luis Potosí han sido omisos al mandato del Tribunal Federal para consultar a las comunidades. Por el contrario, dijo, están dilatando el proceso de consulta y negando que se realice la consulta indígena.

Incluso, finalizó, el CEEPAC ha argumentado que no cuentan con el recurso suficiente para realizar la consulta indígena, sin embargo, el Tribunal Electoral ya ha dicho en otras sentencias que no es una condicionante el recurso para garantizar los derechos políticos de las comunidades y pueblos indígenas. Si fuera el caso, el ejecutivo tendría que coadyuvar (Sentencia SG-JDC-261/2022).