Por Jesús Campos

*Un juez de control de amparo le concedió llevar su proceso en libertad por el caso Odebrecht*La Fiscalía General de la República (FGR) sostuvo que de inmediato presentará el recurso de revisión al tiempo que aclaró que el inculpado no ha ganado ningún juicio al que el Ministerio Público de la Federación lo ha sometido*“Solo ha obtenido de Jueces y Magistrados de la Federación, privilegios procesales totalmente injustos y desproporcionados, puntualizó

Global Press Mx / Después de dos años de reclusión, al filo de las 21:39 horas, el ex director de Petróleos Mexicanos ( Penex), Emilio Lozoya Austin, fue puesto en liberdad condicional y abandonó el Reclusorio Norte, confirmaron fuentes del Sistema Penitenciario de la Ciudad de México.

En la puerta de la aduana del penal Abordo una camioneta Toyota color gris, con una bolsa de plástico en la mano izquierda,

Desde temprana hora se dio a conocer que Emilio Lozoya saldría del Reclusorio Norte, luego de que un juez federal canceló la prisión preventiva justificada contra el exdirector de Pemex, y ordenó que regresara a prisión domiciliaria.

Más tarde, la FGR  sostuvo que el acusado no ha ganado ningún juicio, y remarcó que solo ha obtenido de Jueces y Magistrados de la Federación, privilegios procesales totalmente injustos y desproporcionados.

Estableció que dichas resoluciones han sido dictadas en forma parcial e ilegal por el Juez de Control Gerardo Genaro Alarcón López y por los Magistrados de los Tribunales de Apelación Alberto Torres Villanueva y Juan Pedro Contreras Navarro; y que consisten fundamentalmente en lo siguiente (a continuación se deja íntegro el texto del comunicado de la FGR):

1.-Se nos han excluido pruebas que lícitamente fueron obtenidas por la Fiscalía en Brasil y en Suiza, mediante tratados internacionales válidos que México ha suscrito, violando así lo establecido en dichos convenios que tienen respaldo constitucional.

2.-Al hoy acusado, el Juez Gerardo Genaro Alarcón López lo benefició injustamente, excluyéndolo de su responsabilidad del pago por la reparación del daño en el caso de Agronitrogenados, alegando que dicho pago ya lo había hecho Alonso “N”, lo cual nada tiene que ver con la responsabilidad directa de Emilio “N”, que está señalada en el artículo 30 del Código Penal Federal.

3.-El día de hoy, el Juez de Amparo Juan Pedro Contreras Navarro, lo deja en libertad procesal para que así continúe su juicio, porque considera que no existe riesgo de que se sustraiga de la acción de la justicia, haciendo caso omiso de que dicho individuo fue aprehendido en España, después de haberse dado a la fuga.

“Todos estos privilegios injustos, inequitativos y parciales, así como las descalificaciones constantes al respecto son inaceptables; por lo que de inmediato se presentará el recurso de revisión correspondiente, para obtener la justicia en este caso, que ha sido tan complicado lograr, en razón de lo expuesto”, puntualizó la FGR.