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Legisladores del PVEM Plantean Reformas para Sancionar Delitos de Corrupción en el Sector Salud

Por José Luna

*El robo de medicamentos, el uso de fármacos caducos, la venta en el mercado negro, las malas prácticas médicas y personas que ejercen sin cédula profesional, son prácticas de corrupción cotidianas en el país*Son una amenaza directa a la vida, la salud y el bienestar de las personas, señala iniciativa que propone incrementar penalidades

Global Press Mx / A fin de fortalecer el combate a los delitos de corrupción en el sector salud y establecer sanciones ejemplares a quienes incurran en este tipo de actos, integrantes del grupo parlamentario del PVEM, encabezados por su coordinador, Carlos Alberto Puente Salas, propusieron reformar y adicionar diversas disposiciones de las leyes generales de Salud y de Responsabilidades Administrativas, así como del Código Penal Federal.

La iniciativa establece que se impondrá de cincuenta a setenta años de prisión y de siete mil quinientos a quince mil días multa a quien robe, detenga, acapare, trafique, comercialice sin autorización, aplace la distribución sin justificación o haga mal uso de los medicamentos, vacunas o insumos del sector salud.

Además, de veinte a cuarenta años de prisión y multa de dos mil quinientos a cinco mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cuando se obtenga un beneficio por un hecho de corrupción en el sector salud, reclusión de cuarenta a sesenta años cuando derivado de un hecho de corrupción se afecte la salud de una o más personas, y de sesenta a ochenta años de prisión y multa de diez mil a veinte mil veces la UMA cuando se vincule a la muerte de una o más personas.

También se aplicará la destitución e inhabilitación para desempeñar otro empleo, cargo o comisión en la administración pública.

En caso de enriquecimiento ilícito, precisa, se ordenará el decomiso de los bienes cuya procedencia no se acredite. Las sanciones de este Capítulo se duplicarán cuando la víctima u ofendido sea persona menor de edad, con discapacidad, adulta mayor o perteneciente a pueblos indígenas o afromexicanos.

En el documento, turnado a la Comisión de Justicia, se plantea adicionar a la Ley General de Salud, el Título Décimo Octavo denominado “Medidas de Seguridad, Sanciones y Delitos”, con el Capítulo VIII, llamado “Delitos por hechos de corrupción en el sector salud”, y los artículos 483, 484 y 485.

En el Código Penal Federal, se pide reformar el artículo 64 y agregar el Título Séptimo, “Delitos Contra la Salud”, que contiene el Capítulo IV denominado Delitos por hechos de corrupción en el sector salud, con el artículo 199 Sextus, para estipular que se consideran como delitos contra la salud los establecidos en el Capítulo VIII del Título Décimo Octavo de la Ley General de Salud.

Proponen modificar el artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para incluir las conductas descritas en el Capítulo VIII del Título Décimo Octavo de la Ley General de Salud. El texto actual solo contempla las contenidas en el artículo 20 Ter, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Argumenta que la corrupción en el sector salud no es un problema menor, sino una amenaza directa a la vida, la salud y el bienestar de las personas, por lo que es necesario que los delitos relacionados con la corrupción en este ámbito se traten con toda la fuerza del Estado y sanciones ejemplares para disuadir futuras conductas delictivas, y restaurar la confianza en las instituciones públicas.

Actualmente, el Código Penal Federal contempla conductas por hechos de corrupción y tipos penales para castigarlos, pero se deben implementar penalidades ejemplares si son en el sector salud.

Destaca que el robo de medicamentos, el uso de fármacos caducos, la venta en el mercado negro, las malas prácticas médicas y personas que ejercen sin cédula profesional, son prácticas de corrupción cotidianas en el país, lo cual atenta contra el derecho humano de protección a la salud.