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Recibe Senado de la República Iniciativa Presidencial en Materia de Competencia Económica

Por José Luna

*La propuesta crea la Comisión Nacional Antimonopolio*Establece que es fundamental corregir los abusos de poder que se habían convertido en norma, por parte de grupos que sólo veían por sus intereses a costa del bienestar popular

Global Press Mx / El Senado de la República recibió la iniciativa presentada por la titular del Ejecutivo Federal, Claudia Sheinbaum Pardo, por la que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica y de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, en materia de antimonopolios.

La iniciativa, publicada en la Gaceta Parlamentaria, señala en su exposición de motivos que en esta nueva etapa del desarrollo nacional es fundamental corregir los abusos de poder, que se habían convertido en norma, por parte de grupos que sólo veían por sus intereses a costa del bienestar de las y los mexicanos.

Refiere que los monopolios, la concentración del poder económico y su simbiosis con el poder político crearon un país en donde las grandes empresas no tuvieron que preocuparse por generar bienestar compartido y en el cual no les aplicaban las reglas, como se hacía con el resto de la ciudadanía.

En ese sentido, indica que al combatir los monopolios con toda la fuerza del Estado se genera una economía con competencia, donde las empresas deben ofrecer mejores precios y calidad a los consumidores mexicanos, lo cual permite que las familias mexicanas puedan adquirir más y mejores productos, sin que los intereses o abusos de grandes grupos de poder puedan afectar a la economía nacional.

Respecto de los cambios en la Ley Federal de Competencia Económica, se crea la Comisión Nacional Antimonopolio, cuyo pleno estará conformado por cinco personas, y serán designadas de manera escalonada por la persona titular del Ejecutivo Federal y ratificadas por el voto de la mayoría de las y los integrantes del Senado.

Faculta a que, con independencia de la emisión y publicación de las disposiciones regulatorias, la Comisión Nacional Antimonopolio expida lineamientos y criterios técnicos, así como guías de carácter orientador para el efectivo cumplimiento de la ley.

Fija diversas atribuciones de la citada comisión, como imponer límites a la concentración nacional y regional de frecuencias, al concesionamiento y a la propiedad cruzada que controle varios medios de comunicación en un mismo mercado o zona geográfica.

Además de determinar la existencia o subsistencia de Agentes Económicos Preponderantes en los sectores de radiodifusión y de telecomunicaciones, así como declarar la existencia o inexistencia de condiciones de competencia efectiva en los mercados de los sectores.

En cuanto a sanciones, se establecen multas hasta por el equivalente al veinte por ciento de los ingresos del Agente Económico, por haber incurrido en una práctica monopólica absoluta y quince por ciento de dichos ingresos por una práctica monopólica relativa.

También multas hasta por el equivalente a trescientas mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quienes hayan coadyuvado, propiciado o inducido en la comisión de prácticas monopólicas, concentraciones ilícitas o demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados.

Asimismo, inhabilitación temporal para participar, de manera directa o por interpósita persona, en procedimientos de contratación pública por un periodo que no será menor de seis meses ni mayor a cinco años, por haber incurrido en una práctica monopólica absoluta. Respecto de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, se señala que la Comisión Nacional Antimonopolio determinará la existencia de Agentes Económicos Preponderantes.

Sobre los cambios en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, se precisa que la Comisión Nacional Antimonopolio se regirá en cuanto a la estructura de su órgano de gobierno, unidades administrativas, organización, funcionamiento, operación, desarrollo y control por lo previsto en la Ley Federal de Competencia Económica.