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Mejoran Perspectivas Económicas para México en 2024, destaca Reporte del IBD

Por José Luna

*Se estima que el crecimiento real de la economía en 2024 se ubicará entre 2.5% y 3.5%, con un incremento puntual de 2.6% para efectos de las estimaciones de finanzas públicas*Menor crecimiento de la economía estadounidense, tensiones geopolíticas e inflación podrían afectar el crecimiento económico del país

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Plazo de Prescripción para que 3º. Beneficiarios de un Seguro Reclamen una Reparación, Comienza a Partir de Enterse de la Existencia del Siniestro y del Derecho a Exigir Indemnización

De la Redacción

Global Press Mx / La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación conoció de un caso relacionado con un juicio promovido por la familia de una persona quien, mientras realizaba trabajos de soldadura en la parte superior de un inmueble, recibió una descarga eléctrica, cayó de varios metros de altura y perdió la vida.

Años después, las hijas de la persona fallecida se enteraron de que existía una póliza de seguro que las contemplaba como “terceras beneficiarias” y demandaron a una aseguradora la indemnización por el incumplimiento del contrato de seguro contra la responsabilidad por daños a terceros que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) había adquirido para tal efecto. Lo anterior, debido a que la electrocución que privó de la vida a su padre se debió a la proximidad de las líneas de los cables que invadieron y pasaban por encima del inmueble, lo cual incumplía con la normatividad en la materia.

El juez de origen condenó a la aseguradora al pago de diversas prestaciones. En desacuerdo, la aseguradora promovió un juicio de amparo en el que argumentó que el artículo 82 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, conforme al cual el plazo de prescripción del pago de una indemnización corre a partir de que las personas beneficiarias se enteran de que ocurrió un siniestro y de que hay un derecho constituido a su favor, viola su seguridad jurídica, ya que pueden pasar meses o años entre la fecha en la que ocurre un siniestro y el momento en el que las beneficiarias tienen conocimiento de él y de su derecho a cobrar una suma asegurada.

El Tribunal Colegiado desestimó esos argumentos, confirmó la validez del artículo y negó el amparo, por lo que la aseguradora interpuso un recurso de revisión.

En su fallo, el alto tribunal determinó que el artículo analizado es constitucional y respetuoso del principio de seguridad jurídica, ya que resultaría contrario al mismo establecer que el derecho de una persona beneficiaria de un seguro a reclamar una reparación se puede extinguir por el transcurso del tiempo, a pesar de que nunca se volvió exigible porque su titular no tuvo conocimiento de él.

Lo anterior, debido a que el “tercero beneficiario” es una persona ajena a quien contrata el seguro y, por lo tanto, no puede saber de antemano que tiene derechos derivados de un contrato de seguro contra la responsabilidad por daños a terceros.

De esta manera, la Primera Sala concluyó que se protegen de forma equilibrada los derechos de acceso a la justicia de las beneficiarias en un contrato de seguro y el de seguridad jurídica de las aseguradoras, por lo que confirmó la sentencia impugnada y negó el amparo solicitado.

Amparo directo en revisión 3148/2023. Ponente: Ministra Ana Margarita Ríos Farjat. Resuelto en sesión de 17 de enero de 2024, por unanimidad de votos.

Avicultores Pendientes de Resultados de la COFECE por Barreras a la Competencia en el Servicio Público Ferroviario de Carga

Por José Luna

*La industria avícola confía en que la investigación arroje resultados que fortalezcan la competitividad del sector, advirtieron al tiempo de establecer que es necesaria una mayor infraestructura y mejor logística ferroviaria con tarifas competitivas*Impactaría de forma directa en una disminución de los costos de producción de alimentos, puntualizan

Global Press Mx / Luego de que la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), anunciara el pasado 10 de enero el inicio de una investigación por posibles barreras a la competencia en el mercado del servicio público de transporte ferroviario de carga, la industria avícola, a través de la Unión Nacional de Avicultores (UNA), dio a conocer que dará seguimiento a este caso.

Lo anterior fue manifestado por David Castro Monroy, presidente del Consejo Directivo de la UNA, quien añadió que el sector avícola espera que esta investigación genere una dinámica renovada en los servicios ferroviarios en México, a fin de fortalecer la competitividad de todas las actividades económicas involucradas, incluyendo la ferroviaria.

El presidente de los avicultores en México sostuvo que la industria traslada diariamente, a través de la red ferroviaria, insumos esenciales (como maíz y pasta de soya, principalmente) que son utilizados para la alimentación de las aves y la producción de huevo y carne de pollo, las proteínas de origen animal de mayor consumo en el país.

La avicultura es la actividad pecuaria que consume el mayor volumen de granos forrajeros en el país, calculado en 17 millones de toneladas, de las cuales 10.6 millones corresponden a granos forrajeros (maíz), 3.4 millones son pastas y oleaginosas, y 2.9 millones otros ingredientes; insumos que en parte son transportados en ferrocarril. De ahí la importancia de este medio de transporte y su impacto en el sector.

El alimento para las aves representa más del 60% del costo de producción de huevo y carne de pollo, por lo que el sistema de transportación ferroviario juega un papel destacado en el ámbito de competitividad avícola, concluyó.

De acuerdo con la COFECE, el servicio ferroviario de carga en México transportó 24.6% del total de las mercancías agroalimentarias durante 2022. Adicionalmente, el mismo organismo responsable de regular y garantizar la competencia, ha hecho énfasis en el potencial que representa el sistema ferroviario de carga para la reubicación de las empresas en México (nearshoring) y en el desarrollo económico del país.